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Control biométrico: capacitación del personal en el hospital de CipollettiCapacitación del personal en el hospital Pedro Moguillansky de Cipolletti (archivo). Foto: Gobierno de Río Negro.

El Superior Tribunal de Justicia confirmó el rechazo del amparo de una trabajadora de la salud de Cipolletti contra el control biométrico de asistencia. Pero aclaró que no se pronunció sobre la constitucionalidad del sistema, que sigue en disputa judicial y gremial.

El control biométrico de asistencia en el Estado rionegrino sumó un nuevo fallo. El Superior Tribunal de Justicia (STJ) rechazó la apelación de una empleada del Ministerio de Salud que trabaja en Cipolletti. Así, quedó firme el rechazo del amparo que había resuelto en primera instancia un juez de la Cámara del Trabajo de esa ciudad.

La trabajadora había demandado a la Secretaría de la Función Pública y al Ministerio de Salud. Pedía que no se le aplicara la resolución que obliga a registrar la asistencia con reconocimiento facial y geolocalización.

Qué planteaba el amparo contra el control biométrico

Según su presentación, aportar datos de su identidad física y de su ubicación afectaba derechos vinculados con la privacidad. Además, cuestionó que el sistema no ofreciera una alternativa, como un reloj fichador o una planilla manual. También advirtió sobre posibles sanciones disciplinarias para quien no cumpliera.

El juez de Cipolletti rechazó el planteo porque no encontró una urgencia extrema ni un daño inminente. Por eso, la trabajadora apeló. Sostuvo que no hacía falta esperar a que sus derechos fueran afectados, porque la implementación ya estaba en marcha.

Lo que dijo el STJ y lo que dejó abierto

El tribunal consideró que no se acreditó que el sistema estuviera instalado, o a punto de funcionar, en el establecimiento donde trabaja la mujer. Tampoco se probó que las vías administrativas y judiciales ordinarias fueran insuficientes.

Al mismo tiempo, los jueces señalaron que la resolución incluye pautas de protección de datos personales. Sin embargo, aclararon que el amparo no es el ámbito para evaluar la medida a fondo. «La discusión acerca de la proporcionalidad de la medida adoptada y de la existencia de medios alternativos idóneos que permitirían igualmente alcanzar la finalidad requiere un ámbito de conocimiento amplio», sostuvo el fallo.

En otras palabras, el pronunciamiento no convalida ni invalida el fichaje facial. La controversia de fondo deberá tramitar por la vía ordinaria.

Control biométrico: personal de salud del hospital de Cipolletti en una capacitación
Equipo de salud en el hospital Pedro Moguillansky de Cipolletti (archivo). Foto: Gobierno de Río Negro.

Roca, Viedma y una pelea que sigue

El caso de Cipolletti no es el único. En General Roca, la Cámara Segunda del Trabajo había declarado inconstitucional la obligatoriedad del sistema, en amparos de trabajadores hospitalarios. La Provincia apeló, y el procurador general, Jorge Crespo, recomendó al STJ revocar ese fallo. Al cierre de esta nota no había trascendido una resolución sobre ese expediente.

En Viedma, en tanto, la Cámara del Trabajo había suspendido el sistema en septiembre, ante un amparo del gremio Asspur. Luego, el gobernador Alberto Weretilneck resolvió el reclamo administrativo y confirmó el control biométrico. «No hay, por tanto, un consentimiento arrancado bajo amenaza, porque no hay un consentimiento que la ley exija», escribió en su resolución.

La postura oficial se apoya en el artículo 5 de la Ley 25.326 de Protección de Datos Personales. Esa norma prevé casos en los que el Estado puede tratar datos sin consentimiento. De este modo, el control biométrico seguirá en los tribunales, con el fallo de Roca como próxima definición clave. Más novedades, en la portada de La Política Río Negro y en el sitio del Poder Judicial de Río Negro.

Por LPRN

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