Fallo Buenuleo Corte Suprema: El STJ de Río Negro rechaza la revisión de la condenaFallo Buenuleo Corte Suprema: El STJ de Río Negro rechaza la revisión de la condena

La disputa territorial de la comunidad mapuche Buenuleo en Villa Mascardi, cerca de Bariloche, ha alcanzado un nuevo punto crítico en el ámbito judicial.

El Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Río Negro ha dado un paso que, de facto , blinda la condena por usurpación contra miembros de la comunidad, al rechazar el último recurso que podía haber llevado el caso a la máxima instancia nacional.

Este reciente movimiento judicial dificulta la defensa de los derechos ancestrales de la comunidad y fija una postura provincial firme. El fallo Buenuleo Corte Suprema se convierte así en un precedente complejo en la judicialización de los reclamos territoriales indígenas.

El Rechazo Clave del Superior Tribunal de Justicia (STJ)

La decisión del STJ de Río Negro se centra en la desestimación del recurso de queja que había sido presentado por la defensa de la comunidad. Previamente, el mismo tribunal había negado un Recurso Extraordinario Federal con el objetivo de que el expediente fuera revisado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) .

Al rechazar también el recurso de queja, el STJ ratificó la condena dictada en su momento por la Cámara de Apelaciones de Bariloche, que encontró a miembros de la comunidad culpables del delito de usurpación. Esta determinación provincial, que cierra la puerta recursiva ordinaria, sostiene la validez de la condena a tres años de prisión en suspenso y una multa .

¿Qué Impide el Recurso de Queja? Implicancias Legales

La negativa del STJ funciona como un bloqueo procesal que impide que el expediente llegue a la esfera de la CSJN. En el derecho procesal argentino, el recurso de queja es la herramienta que permite al litigante apelar directamente a la Corte si el máximo tribunal provincial le niega el Recurso Extraordinario Federal.

El STJ justificó su rechazo argumentando que el caso Buenuleo constituye esencialmente una «cuestión de hecho y prueba» , cuya resolución recae en las instancias ordinarias y no habilita la intervención del máximo tribunal del país. La defensa de la comunidad, por su parte, señala que se han ignorado puntos de fondo de índole constitucional e internacional. Entre ellos, la aplicación del Convenio 169 de la OIT sobre pueblos indígenas, el reconocimiento del derecho ancestral a la tierra garantizado por la Constitución Nacional, y la necesidad de realizar un peritaje que analice los títulos de la propiedad en disputa.

Contexto del Conflicto: Territorio y Derechos Indígenas

El caso se enmarca en la compleja y persistente tensión por el control territorial en la zona de Villa Mascardi y las cercanías de Bariloche, un área de alto valor inmobiliario y paisajístico en Río Negro. El conflicto de la comunidad Buenuleo se superpone con otros reclamos territoriales mapuches en la región.

El núcleo de la defensa de la comunidad siempre ha radicado en la afirmación de que el espacio en disputa es parte de su territorio ancestral y no una usurpación. La condena, y ahora el rechazo a su revisión, refuerzan la postura de las autoridades provinciales y del denunciante original (la familia Buenuleo , en su rama no comunitaria), que litigan por la propiedad.

Panorama Futuro: El Impacto del fallo Buenuleo Corte Suprema en la política territorial

La negativa del STJ de Río Negro marca un punto final en la ruta judicial interna para la comunidad mapuche Buenuleo . Con la vía a la clausurada de la CSJN, la defensa deberá evaluar alternativas extraordinarias, posiblemente recurriendo a instancias internacionales de Derechos Humanos para que el caso sea analizado en un foro ajeno a la jurisdicción argentina.

El fallo Buenuleo Corte Suprema (o, mejor dicho, el fallo que impide su intervención) deja una herida abierta en el debate sobre la judicialización de las demandas territoriales. Más allá de la condena penal, la decisión subraya la dificultad de conciliar los derechos de propiedad privada con las garantías constitucionales de los pueblos indígenas, un dilema que seguirá siendo central en la política territorial de la Patagonia.

Por LPRN

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